Derecho penal económico y de la empresa

Abogados blanqueo de capitales en Barcelona

Joaquín Sugrañes es abogado de blanqueo de capitales en Barcelona, con alto grado de especialización en la materia. Su amplia experiencia en esta clase de delitos le ha permitido alcanzar un alto porcentaje de casos de éxito en procedimientos seguidos por delitos de blanqueo de capitales.

Mejores Abogados de blanqueo de capitales en Barcelona

Joaquín Sugrañes es abogado especialista en blanqueo de capitales en Barcelona. Está considerado como uno de los mejores abogados de blanqueo de capitales en Barcelona y cuenta con un equipo de profesionales expertos en delitos de blanqueo de capitales en Barcelona.

Su objetivo, como abogados especialistas en blanqueo de capitales en Barcelona, es proporcionar la mejor defensa penal a todos sus clientes.

Despacho de abogados expertos en blanqueo de capitales en Barcelona

Somos un despacho de abogados penalistas expertos en delitos de blanqueo de capitales en Barcelona. Nuestro grado de especialización en la materia, sumado a la experiencia en todos los procedimientos en los que hemos intervenido, conlleva que podamos ofrecer una excelente defensa penal a todos nuestros clientes.

Si se encuentra investigado o acusado por un delito de blanqueo de capitales, no dude en ponerse en contacto con nosotros e, inmediatamente, como abogados expertos en blanqueo de capitales en Barcelona, le asesoraremos sobre la mejor estrategia defensiva en el proceso penal por delito de blanqueo de capitales.

 

 

 

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  • El delito de blanqueo de capitales en el Código Penal

    El delito de blanqueo de capitales se encuentra regulado en los artículos 301 a 304 del Código Penal. Nos encontramos ante un delito pluriofensivo, que protege tanto el orden socioeconómico como el buen funcionamiento de la administración de justicia.

    Como despacho formado por abogados especialistas en blanqueo de capitales en Barcelona, debemos recordar que la prevención y persecución del blanqueo de capitales es una materia que se encuentra regulada tanto a nivel nacional como internacional, y que se encuentra en constante actualización y revisión.

     

  • ¿Qué es el blanqueo de capitales?

    El blanqueo de capitales engloba aquellas conductas tendentes a disimular el origen delictivo de un determinado capital, introduciéndolo en el tráfico económico ordinario, para así poder disfrutar libremente de los beneficios económicos generados por un delito.

    En el blanqueo de capitales siempre existe un delito previo (que se conoce como delito precedente), a través del cual se obtienen unas ganancias. Es precisamente el objetivo de aprovecharse de tales ganancias que aparece el blanqueo de capitales, como mecanismo para disimular el origen delictivo del dinero o los bienes procedentes del delito, y a introducirlos en el tráfico económico aparentando que proceden de actividades legales.

  • ¿Qué conductas de blanqueo de capitales castiga el Código Penal?

    El blanqueo de capitales se encuentra definido en el artículo 301 del Código Penal, que sanciona multitud de conductas de distinta gravedad.

    Por un lado, el artículo 301 del Código Penal sanciona la adquisición, posesión, uso, conversión o transmisión de bienes procedentes de una actividad delictiva, siempre que ello se haga a sabiendas de su origen delictivo y con el fin de ocultar o encubrir el origen ilícito de las ganancias. Se castiga también la relación de cualquier acto destinado a ocultar o encubrir el origen ilícito de los bienes o a ayudar a la persona que ha delinquido a eludir las consecuencias legales de sus actos.

    Por otro lado, el artículo 301.2 del Código penal castiga la ocultación o encubrimiento de la verdadera naturaleza, origen, ubicación, destino, movimiento o derechos sobre los bienes o sobre su propiedad, siendo conocedor de que proceden de un delito.

     La pena prevista para ambos casos es de prisión de 6 meses a 6 años y multa del tanto al triplo del valor de los bienes.

  • Modalidades agravadas de blanqueo de capitales

    El blanqueo de capitales se castiga con mayor pena cuando los bienes o el dinero que se pretende blanquear provienen de determinados delitos, como el tráfico de drogas, corrupción u organizaciones criminales. En estos casos, la pena se impone en su mitad superior.

  • ¿Es posible cometer un delito de blanqueo de capitales por imprudencia?

    Sí, es posible cometer un delito de blanqueo por imprudencia. Así lo dispone el artículo 301.3 del Código Penal. Sin embargo, para que estos hechos sean constitutivos de delito la imprudencia debe ser grave, entendiendo como tal el olvido de las más elementales normas de previsión y cuidado.

    En estos casos, se prevé una pena de prisión de 6 meses a 2 años y multa del tanto al triplo.

  • ¿Se castiga el autoblanqueo?

    Se conoce como autoblanqueo el blanqueo de ganancias que tienen su origen en una actividad delictiva cometida por el propio blanqueador. Dicho de otro modo, la persona que comete el delito precedente es la misma persona que blanquea los bienes o el dinero resultante de ese delito.

    Esta modalidad de blanqueo también se encuentra castigada por el Código Penal. Sin embargo, no se castiga la simple posesión del dinero procedente de un delito por parte del autor de dicho delito, ni tampoco el hecho de destinar el dinero proveniente de un delito al pago de gastos ordinarios. Siempre se exige que las conductas previstas en el artículo 301 del Código Penal se lleven a cabo con una finalidad específica: ocultar o encubrir el origen ilícito de las ganancias.

     

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