Delitos contra la seguridad vial

Negativa a someterse a las pruebas de alcoholemia y drogas

El artículo 383 del Código Penal castiga al conductor que, requerido por un agente de la autoridad, se negare a someterse a las pruebas legalmente establecidas para la comprobación de las tasas de alcoholemia y la presencia de las drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas, con las penas de prisión de seis meses a un año y privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores por tiempo superior a uno y hasta cuatro años.

Los requisitos del tipo objetivo del citado delito son:

  • Requerimiento claro del agente de la autoridad a realizar la prueba de alcoholemia o de detección de droga y,
  • Negativa de la persona requerida a efectuar dicha prueba.

Abogado especialista en delito de negativa barcelona

Desde el mismo instante en que ha sido denunciado por delito de negativa a someterse a las pruebas de alcoholemia o drogas y citado a un juicio rápido o, como investigado, en unas diligencias previas, resulta esencial contactar con un despacho de abogados especialistas en delito de negativa. En este sentido, dada su larga experiencia y formación en delitos contra la seguridad vial, como abogado experto en delito de negativa a realizar la prueba de alcoholemia barcelona, Sugrañes le informará de todos los pasos necesarios para su mejor defensa penal a lo largo de todo el proceso.

Somos un despacho de abogados especialistas en delito de negativa a someterse a prueba de alcohol barcelona. En base a nuestra experiencia, podemos afirmar que, si usted se encuentra denunciado o investigado por un delito de negativa, resulta fundamental contar con la defensa de un abogado especialista en delito de negativa a prueba de alcohol y drogas barcelona. De ello dependerá, en gran medida, el resultado del procedimiento penal.

En este sentido, dada su experiencia y especialización en delitos de negativa, Joaquín Sugrañes ha conseguido alcanzar resultados muy beneficiosos para sus clientes.

Mejores Abogados de delito de negativa a realizar la prueba de alcoholemia en Barcelona

Joaquín Sugrañes está considerado como uno de los mejores abogados de delito de negativa a realizar la prueba de  alcoholemia en Barcelona y cuenta con un equipo de profesionales especialistas en delitos de negativa a realizar las pruebas de alcoholemia y drogas. Su objetivo, como abogado especializado en delitos contra la seguridad vial, es proporcionar la mejor defensa penal a todos sus clientes.

Despacho de abogados expertos en delito de negativa a realizar la prueba de alcoholemia en Barcelona

Somos un despacho de abogados penalistas especialistas en delito de negativa a realizar la prueba de alcoholemia en Barcelona. Nuestro grado de especialización en la materia, sumado a la experiencia de todos los procedimientos en los que hemos intervenido, conlleva que podamos ofrecer una excelente defensa penal a todos nuestros clientes.

Como abogados expertos en delito de negativa a realizar la prueba de alcoholemia en barcelona, actuamos en defensa de quienes se encuentran investigados o acusados por un delito de negativa a realizar las pruebas de alcohol o drogas.

En este sentido, si usted ha sido citado para un Juicio Rápido por delito de negativa, no dude en ponerse en contacto con nosotros. Como abogados penalistas especialistas en delito de negativa a realizar la prueba de alcoholemia en Barcelona, podemos afirmar que es fundamental contar cuanto antes con el asesoramiento de un letrado experto en la materia para garantizarse una excelente defensa penal y poder alcanzar el mejor resultado.

 

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  • ¿Qué establece la Ley sobre Tráfico respecto a las pruebas de alcohol y drogas?

    La Ley sobre Tráfico, en su artículo 12, apartados 2º y 3º, junto con los artículos 21 y 22 del Reglamento de Circulación, obliga a todos los conductores de vehículos a someterse a las pruebas pertinentes para la detección de alcohol y drogas.

    Los agentes de la autoridad pueden requerir estas pruebas a:

    • Usuarios de la vía o conductores implicados como posibles responsables en un accidente.
    • Quienes muestren síntomas evidentes de conducir bajo la influencia de alcohol o drogas.
    • Conductores denunciados por cometer infracciones a las normas de circulación.
    • Cualquier conductor en el marco de programas de controles preventivos de alcoholemia.
  • ¿Qué consecuencias tiene la negativa a someterse a las pruebas?

    La negativa a someterse a las pruebas de detección de alcohol y drogas está sancionada administrativamente. No obstante, esta negativa puede ser considerada un delito según el art. 383 del Código Penal en ciertos contextos, como en accidentes o cuando se conduce con síntomas evidentes de influencia de alcohol o drogas.

    La negativa es penalmente reprochable y se incardina en el art. 383 del Código Penal en los siguientes casos:

    • Así pues, para diferenciar el delito del art. 383 del Código Penal, del incumplimiento de los deberes contemplados en el párrafo anterior (sancionado administrativamente), cabe acudir a las siguientes reglas o criterios orientativos:
      • La negativa a someterse al control de alcoholemia o drogas en casos de accidentes o conducción con síntomas evidentes de que lo hacen bajo la influencia de bebidas alcohólicas, será reprochable penalmente y no administrativamente, eso es, será incardinable en el art. 383 del Código Penal.
      • La negativa a someterse al control de alcoholemia o drogas en casos de conductores denunciados por la comisión de alguna infracción de las normas de circulación y en los casos de controles preventivos de alcoholemia o drogas, precisa la siguiente distinción:
        • Si los agentes aprecian, en la persona requerida, síntomas de estar conduciendo bajo los efectos del alcohol o drogas, y así se lo comunican, la negativa del requerido será penalmente relevante.
        • En caso de que los agentes no adviertan dichos síntomas, la negativa de la persona requerida a someterse a las pruebas de detección alcohólica y/o drogas, no habría rebasado los límites de la infracción administrativa y, en consecuencia, tal conducta no debería ser enjuiciada en la vía penal.
  • ¿Qué necesito saber si me encuentro investigado por un delito de negativa?

    Si ha sido citado o se encuentra investigado por un delito de negativa a someterse a las pruebas de alcoholemia y/o drogas, en nuestro blog, encontrará toda la información, necesaria e indispensable sobre dicho delito.

    Además, como abogados especialistas en delito de negativa a realizar la prueba de alcoholemia barcelona, puede ponerse en contacto con nosotros, ya sea telefónicamente, por WhatsApp o rellenando el formulario web y nos pondremos inmediatamente en contacto con usted.

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Negativa a someterse a las pruebas de alcoholemia y drogas (Art. 383 CP)

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