Delitos contra el patrimonio

El delito de robo y hurto de uso de vehículos en el Código Penal

El Código Penal sanciona, como una modalidad específica del delito de hurto y robo, la sustracción o utilización sin autorización de un vehículo a motor o ciclomotor ajeno, siempre que no concurra ánimo de apropiación. En tal caso, la pena contemplada es de trabajos en beneficio de la comunidad de 31 a 90 días o, alternativamente, multa de 2 a 12 meses, pena que debe imponerse en su mitad superior si concurre fuerza en las cosas. La pena en ningún caso puede ser de mayor gravedad a la que resultaría aplicable si nos encontráramos ante una apropiación definitiva del bien.

Esta modalidad delictiva que, como hemos visto, lleva aparejada una pena menor que las modalidades genéricas de hurto y robo, únicamente puede ser apreciada si el autor de la sustracción restituye el vehículo en un plazo no superior a cuarenta y ocho horas. Se admite la restitución tanto directa (es decir, consistente en devolver personalmente el vehículo a su legítimo propietario), como indirecta (por ejemplo, devolviendo el vehículo al lugar donde se encontraba o dejándolo en otro lugar donde el propietario pueda recuperarlo fácilmente).

No resulta aplicable esta modalidad cuando, a pesar de concurrir las circunstancias anteriormente mencionadas, la sustracción o utilización del vehículo se lleva a cabo utilizando violencia o intimidación en las personas, aunque no exista ánimo de apropiación por parte del autor y se restituya el vehículo dentro del plazo de cuarenta y ocho horas.

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