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Delitos contra la administración de justicia

Realización arbitraria del propio derecho

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Reconocido como uno de los mejores abogados penalistas 2026

Joaquín Sugrañes ha sido incluido por el prestigioso directorio Best Lawyers entre los mejores penalistas de España

Abogado especialista derecho penal y defensa jurídica

El art. 455 del Código Penal castiga con la pena de multa de seis a doce meses a quien, para realizar un derecho propio, actuando fuera de las vías legales, empleare violencia, intimidación o fuerza en las cosas.

Por derecho propio debe entenderse todo aquel que se tenga reconocido legalmente mediante resolución judicial, administrativa o por medio de contrato válido.

Es un delito de medios determinados. Ello implica que únicamente puede cometerse utilizando violencia, intimidación o fuerza en las cosas.

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El Código Penal, en su artículo 468, castiga con penas de prisión de seis meses a un año, si estuvieran privados de libertad, y con la pena de multa de doce a veinticuatro meses en los demás casos, a quienes quebranten su condena, medida de seguridad, prisión o medida cautelar, conducción o custodia.

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