Delitos contra la administración de justicia

Falso testimonio, obstrucción a la justicia y deslealtad profesional

El Código Penal, en su artículo 458, castiga al testigo que faltare a la verdad en su testimonio en causa judicial así como al que presentare a sabiendas testigos falsos o peritos o interpretes mendaces. El bien jurídico protegido es el normal desarrollo de la fase probatoria.

Contáctanos
  • ¿Quién puede ser autor de este delito?

    Sujeto activo sólo puede serlo el testigo. No obstante, en la modalidad específica recogida en el art. 461 (presentación de testigos falsos o peritos o interpretes mendaces) puede serlo cualquiera que lleve a cabo dicha conducta, castigando con pena más severa si la presentación de testigos falsos la ha llevado a cabo un abogado, procurador, graduado social o representante del Ministerio Fiscal, en actuación profesional o ejercicio de su función.

  • ¿Admite la comisión imprudente?

    No. Sólo cabe la comisión dolosa. El sujeto debe querer y ser consciente de la alteración de la verdad y, por ende, de la emisión de una falsa declaración, con independencia de las finalidades o motivos que se tengan para llevar a cabo tal conducta.

  • ¿Con qué penas se castiga?

    Las penas se establecen en función de la clase de proceso en el que tiene lugar el falso testimonio. Así, distingue de mayor a menor gravedad según el falso testimonio se haya vertido en causa criminal con sentencia condenatoria, causa criminal sin sentencia condenatoria y resto de causas.

    Se contemplan penas de prisión de seis meses a dos años y multa de tres meses a seis meses para quien cometa falso testimonio en causa judicial.

    Pena de prisión de uno a tres años y multa de seis a doce meses para quien cometa falso testimonio en contra de reo en causa criminal por delito. Y, si a consecuencia del testimonio hubiera recaído sentencia condenatoria, se impondrán las penas superiores en grado. Ello implica que la pena, en este caso, puede llegar a alcanzar los cuatro años y seis meses de prisión.

Casos de éxito

Ver todos los casos

Opiniones como penalista

El mejor resultado con la mejor defensa penal

La mayor garantía del éxito en un proceso penal es contar con una excelente defensa jurídica

Llámenos ahora y le atenderemos inmediatamente
+34 618 306 891

O, si lo prefiere, rellene el siguiente formulario y responderemos con la mayor brevedad

    WhatsApp