Derecho penal económico y de la empresa

Abogados expertos en delitos societarios en Barcelona

Joaquín Sugrañes es abogado de delitos societarios en Barcelona, con alto grado de especialización en la materia. Su amplia experiencia en esta clase de delitos le ha permitido alcanzar un alto porcentaje de casos de éxito en el ejercicio de posiciones de defensa para quienes se han encontrado investigados o acusados por tales delitos.

Asimismo, también ha actuado exitosamente en incontables procedimientos penales representando a víctimas de dichos delitos ejerciendo la acusación particular.

Concretamente, Sugrañes y su equipo formado por los mejores abogados de delitos societarios en Barcelona, han intervenido en procedimientos penales seguidos por los siguientes delitos societarios:

  • Falsedades en documentos de la sociedad (Art. 290 CP).
  • Imposición de acuerdos abusivos mediante prevalimiento de situación mayoritaria (Art. 291 CP).
  • Imposición o aprovechamiento de acuerdo adoptado por mayoría ficticia (Art. 292 CP).
  • Obstaculización del ejercicio de los derechos de los socios (Art. 293 CP).
  • Obstaculización a la actuación de inspección o supervisión administrativa (Art. 294 CP).

Despacho de abogados expertos en delitos societarios en Barcelona

Somos un despacho de abogados penalistas especialistas en delitos societarios en Barcelona. Nuestro grado de especialización en la materia, sumado a la experiencia de todos los procedimientos en los que hemos intervenido, conlleva que podamos ofrecer una excelente defensa penal a todos nuestros clientes.

Como abogados expertos en delitos societarios en barcelona, actuamos en defensa de quienes se encuentran investigados o acusados por un delito societario así como, de igual forma, actuamos ejerciendo la acusación particular, en representación de quienes se han visto perjudicados por delitos societarios.

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  • Los delitos societarios en el Código Penal

    Los delitos societarios se encuentran regulados en el Capítulo XIII del Título XIII del Código Penal. Como abogados especialistas en delitos societarios en Barcelona, debemos destacar que son delitos que recogen comportamientos que atentan contra los intereses de una sociedad o de sus socios.

     

  • Delito de falseamiento de documentos sociales

    El delito de falseamiento de documentos sociales se regula en el artículo 290 del Código Penal y es un delito que sanciona a los administradores de una sociedad que falsean las cuentas anuales u otros documentos que reflejan la situación jurídica o económica de la empresa.

    Este tipo de falsedad solo se sanciona si es capaz de causar un perjuicio económico a la sociedad, a sus socios o a terceros.

    La pena prevista para esta modalidad delictiva es de prisión de 1 a 3 años y multa de 6 a 12 meses. Estas penas se imponen en su mitad superior si efectivamente se llega a ocasionar un perjuicio.

     

  • Delito de imposición de acuerdos abusivos

    El delito de imposición de acuerdos abusivos castiga a los sujetos que, actuando con ánimo de lucro y aprovechando su posición mayoritaria en la junta de socios o el órgano de administración de una sociedad, imponen acuerdos abusivos en perjuicio de los demás socios.

    Para que estos hechos sean constitutivos de delito, el acuerdo no debe generar ningún beneficio para la sociedad. Así, en aquellos casos en que el acuerdo resulte beneficioso para la sociedad, pese a resultar perjudicial para algunos de los socios, los hechos no serán sancionables por la vía penal.

    En este caso, se prevé una pena de prisión de 6 meses a 3 años o multa del tanto al triplo del beneficio obtenido.

  • Delito de acuerdos lesivos adoptados por una mayoría ficticia

    El artículo 292 del Código Penal castiga a las personas que imponen o se aprovechan, en perjuicio de la sociedad o de alguno de sus socios, de un acuerdo lesivo adoptado por una mayoría ficticia.

    Como abogados expertos en delitos societarios podemos afirmar que, para que estos hechos sean constitutivos de delito, el acuerdo lesivo debe ser obtenido mediante abuso de firma en blanco, por atribución indebida del derecho de voto a alguien que carece del mismo, por negación ilícita del ejercicio del derecho de voto a quien lo tenga, o por cualquier otro medio similar.

    En este caso, la pena es de prisión de 6 meses a 3 años o multa del tanto al triplo del beneficio obtenido.

  • Delito de vulneración de derechos de participación de los socios

    El artículo 293 del Código Penal sanciona a los administradores de una sociedad que niegan o impiden a un socio el ejercicio de sus derechos. Concretamente, del derecho de información, el de participación en la gestión o control de la actividad social, o el de suscripción preferente de acciones.

    Los hechos solo son constitutivos de delito si los administradores actúan sin causa legal que les habilite a negar estos derechos al socio. Así, la negativa o el impedimento de los derechos del socio será delictiva cuando los administradores no aleguen causa alguna, cuando aleguen una causa legalmente inexistente o cuando la causa alegada sea abusiva.

    Estos hechos se castigan con pena de multa de 6 a 12 meses.

  • Delito de obstaculización de la labor inspectora o supervisora de la Administración

    Por último, el artículo 294 del Código Penal sanciona a los administradores de una sociedad que se encuentre sometida o actúe en mercados sujetos a supervisión administrativa, que nieguen o impidan la actuación de las personas y órganos inspectores o supervisores.

    En este caso, la pena aplicable es de prisión de 6 meses a 3 años o multa de 12 a 24 meses.

  • Requisito de perseguibilidad en los delitos societarios

    Los delitos societarios solo son perseguibles mediante denuncia del perjudicado. Sin embargo, la denuncia no resulta necesaria en aquellos casos en que el delito afecta a los intereses generales o a una pluralidad de personas.

     

  • Mejores abogados de delitos societarios en Barcelona

    Como abogados especializados en Derecho penal, nuestro objetivo es garantizar una excelente defensa penal a todos nuestros clientes. En este tipo de delitos, es muy importante contar con la defensa especializada de un abogado experto en delitos societarios en Barcelona. Por ello, si se encuentra ante un problema relacionado con alguna de las situaciones descritas, no dude en llamarnos y consultarnos su caso.

     

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